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Petro sancionó ley que regula el uso de patinetas y bicicletas eléctricas en el país: esto dice la norma

La ley elimina algunos requisitos como el SOAT y la licencia, pero impone condiciones claras para su circulación en el país.

  •  Foto: Julio César Herrera E.
    Foto: Julio César Herrera E.
18 de julio de 2025
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El uso de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal —como patinetas eléctricas, bicicletas asistidas y monociclos— estará regulado por una nueva ley sancionada por el presidente Gustavo Petro que busca garantizar la seguridad vial en el país.

Se trata de la Ley 2486 de 2025, que establece un marco para el funcionamiento de estos medios de transporte, que han ganado protagonismo en calles y ciclorrutas.

Entre los principales puntos, la ley exime a estos vehículos de tres de los requisitos que rigen para otras categorías motorizadas: no será necesario matricularlos ante organismos de tránsito, ni contar con un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), ni portar licencia de conducción.

La razón, según el Ministerio de Transporte, es su bajo nivel de riesgo, determinado por el peso y la velocidad limitada que alcanzan.

No obstante, la ley sí impone una serie de condiciones para garantizar la seguridad vial y la convivencia con otros actores del tránsito. Solo podrán operar estos vehículos personas mayores de 16 años, aunque se permite su uso entre los 12 y los 16 años exclusivamente en infraestructura ciclista.

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Está prohibido transportar pasajeros, circular por andenes o zonas peatonales, y transitar por la Red Vial Nacional —con excepción de las bicicletas eléctricas, que sí pueden hacerlo.

El uso del casco es obligatorio para todos los usuarios, así como el porte de prendas retrorreflectivas entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. Además, se establece una velocidad máxima de 25 km/h en cicloinfraestructura y hasta 40 km/h en otras vías donde esté permitida su circulación. También se prohíbe conducir bajo el efecto de alcohol o sustancias psicoactivas.

La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, destacó la necesidad de legislar sobre este fenómeno: “Hoy vemos circular masivamente vehículos de movilidad individual en todas las ciudades del país. Tenemos que reglamentar eso con seriedad, técnica y pensando en la vida”, declaró.

Por su parte, el presidente Gustavo Petro también se pronunció sobre el tema. “Solo deben ocupar el carril para bicicletas, bicicletas con motor eléctrico asistido y patinetas. Las motos eléctricas o no, van a los carriles ordinarios. Para seguridad de los usuarios de los bicicarriles”, señaló el mandatario a través de X.

Para implementar esta ley, el Ministerio de Transporte convocará durante 12 meses una serie de mesas de trabajo en las que participarán universidades, ONGs, usuarios y expertos en seguridad vial. “Vamos a retomar estudios y consultorías que ya existen, porque este no es un tema nuevo, pero ahora tenemos la base legal para avanzar”, añadió la ministra.

Rojas también subraya que uno de los objetivos principales de la ley es unificar los criterios sobre el uso de vehículos eléctricos livianos en todo el país.

“Con la Ley 2486 de 2025 el país no puede seguir permitiendo que cada ciudad imponga sus propias reglas sobre micromovilidad. El Ministerio liderará una reglamentación nacional que establezca estándares comunes para todo el territorio. No puede ser que una ciudad considere una señalización, otra ciudad haga otra cosa y otra se le ocurra algo totalmente distinto. Este es un solo país. Es descentralizado, pero unitario”, explicó.

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