La nueva rotación quedó establecida así: lunes 6‑9, martes 5‑7, miércoles 1‑8, jueves 0‑2 y viernes 3‑4. Esta medida aplica tanto para vehículos particulares como para motocicletas de dos y cuatro tiempos.
A partir del 11 de agosto, quienes incumplan la norma deberán pagar una multa de $604.100, equivalente a 52,29 Unidades de Valor Básico (UVB), sistema que rige las tarifas de tránsito desde este año.
Excepciones por municipio y tipo de vehículo
Cabe recordar que en Medellín la restricción no aplica en el Sistema Vial del Río (autopista Sur y avenida Regional), la vía Las Palmas, el corredor de la quebrada La Iguaná ni en los cinco corregimientos.
Las alcaldías de Bello e Itagüí anunciaron que mantendrán la medida en sus corredores nacionales bajo diferentes argumentos. Para el caso de Bello, aplicará la restricción en la autopista Norte y la avenida Regional, entre la estación Niquía y la autopista Medellín-Bogotá por las congestiones que se generan en la glorieta de Niquía.
Para el caso de Itagüí, mantendrán la medida en la autopista Sur asegurando que en esta vía se ha disminuido la accidentalidad desde que se comenzó a aplicar, además de que aseguran que iniciarán las obras del intercambio de Fábricas Unidas en septiembre.
También habrá excepciones para los vehículos híbridos, eléctricos y a gas natural vehicular, aunque estos últimos dependen de la gestión realizada en cualquier secretaría de movilidad del Valle de Aburrá.