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Este es el abc de una consulta por decreto y lo que podría pasar si la Registraduría no la realiza

Alfonso Portela, experto en procesos electorales y exregistrador, le explicó a EL COLOMBIANO que, de decretarse la consulta, podría ser ilegal y constituir prevaricato. En caso de no decretarse, quedaría estancada y en manos de la Justicia. ¿Por qué?

  • El presidente Gustavo Petro anunció que decretará la consulta. Foto: Presidencia.
    El presidente Gustavo Petro anunció que decretará la consulta. Foto: Presidencia.
04 de junio de 2025
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“La consulta va porque va”, es la retórica que el presidente Gustavo Petro ha manejado desde que el Legislativo hundió la consulta popular. Y a pesar de que expertos y oposición insisten en que aquellas declaraciones son un ataque contra los poderes públicos, la autonomía y legitimidad del Estado y de las leyes, el jefe de Estado anunció, durante una alocución, que implementará la consulta por decreto.

Lea también: La consulta popular vía decreto es la primera gran ruptura democrática de Petro que amenaza a las instituciones

EL COLOMBIANO habló con Alfonso Portela, experto en procesos electorales y exregistrador, al respecto. El profesional advirtió que de decretarse la consulta, podría ser ilegal y constituir prevaricato. Pero, en caso de no decretarse, ¿qué pasaría?

En principio, Portela explica que el decreto no debería ser acatado por el registrador Hernán Penagos: “El decreto es abiertamente contrario a la Constitución y a la ley, y por ende el registrador no puede ser ajeno a una situación como esa. Ese decreto, que no cumple los requisitos exigidos para la convocatoria de una consulta, no debe ser emitido”.

El exfuncionario insistió en que el Gobierno presentó la consulta popular al Senado de la República, dándole un tiempo limitado para pronunciarse sobre la conveniencia de la convocatoria, y así lo hizo el 13 y 14 de mayo, donde hubo una votación que negó esa iniciativa.

“Si el registrador desconoce una situación como esas, podría estar incurriendo en alguna conducta que lo puede perjudicar más adelante”, advirtió Portela y añadió: “considero que el registrador debería abstenerse de convocar la consulta y de expedir el calendario al respecto”.

El especialista plantea que hay dos posibles escenarios en disputa. Si bien el Gobierno alega que el proceso en el Senado está afectado por irregularidades y es inconstitucional, Portela enfatiza que corresponde a una autoridad competente determinarlo.

Lea además: Sin el aval del Senado, Petro dice que firmará el decreto de la consulta popular en Cali o Medellín

En cuanto a qué pasaría con el decreto en caso de que Penagos decida no acatarlo ni convocar a las urnas, Penagos explicó: “quedaría suspendido hasta tanto se den los pronunciamientos correspondientes. Supongo que una vez expedido el decreto saldrán todas las demandas relacionadas y lo más sano para eso es esperar una decisión judicial. Hasta tanto, eso no esté resuelto, no se van a ejecutar las actividades correspondientes al calendario electoral de la consulta”.

Por último, agregó que ejecutar aquel proceso electoral saldría muy caro, por lo que no debería hacerse si no se tienen las garantías legales de que la consulta sea válida. “Eso cuestan un mundanal de plata. Imagina usar 700.000 millones de pesos para realizar una consulta que eventualmente termine cayéndose. No tiene sentido que el país entre en un gasto hasta tanto no quede completamente claro todo el panorama de la consulta popular”, afirmó.

Para saber más: Consulta popular por decreto: De la Calle choca con Uribe, le pide no hablar de ‘petrosantismo’ e insta a “unión de los demócratas”

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