Hacia las 8:10 de la noche de este jueves, los nueve magistrados que componen la Sala Plena de la Corte Constitucional tomaron una decisión que marca un antes y un después en la implementación del Acuerdo de Paz.
Esta vez, la magistrada Cristina Pardo leyó la declaratoria de Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) al encontrar un bajo nivel de cumplimiento en materia de seguridad a los excombatientes que firmaron el Acuerdo en 2016.
Una medida como esta pocas veces se ha tomado en el alto tribunal, y en esta ocasión nace tras revisarse cinco tutelas presentadas por distintos exFarc, quienes alegaban graves afectaciones a derechos fundamentales como la vida e integridad personal.
Precisamente, cuando se da la figura de un ECI es porque existe una masiva violación a los derechos consagrados en la Constitución. Para la abogada Luisa Fernanda García, un gran antecedente de un ECI es la crisis carcelaria de finales de los 90.
Durante su intervención, Pardo detalló punto por punto las 17 órdenes y tareas a realizar tras la declaratoria, las cuales son de estricto cumplimiento tanto para el gobierno de Iván Duque, como para quien lo reemplace desde el próximo 7 de agosto.
La decisión tomó por sorpresa al presidente y a sus funcionarios, quienes no están de acuerdo con la Corte. En diálogo con EL COLOMBIANO, el Alto Comisionado para la Paz, Juan Camilo Restrepo, afirmó que a pesar de no compartir dicho fallo, el Gobierno lo respeta y lo acatará.
Por el lado de los firmantes, la senadora Victoria Sandino le explicó a este diario que el fallo “es consecuencia del incumplimiento flagrante del Acuerdo, en especial de las garantías de seguridad”.
La decisión y sus reparos
Pardo, la magistrada ponente, aclaró que gran parte de las órdenes “fueron adoptadas por una amplia mayoría o por unanimidad”. En cuanto a la declaratoria del Estado de Cosas Inconstitucional, la votación tuvo un 5 a 4 a favor de aprobar esta figura jurídica.
Los togados que se apartaron de la decisión están de acuerdo con amparar los derechos de los exFarc, pero creen que no había suficiente evidencia para decretar un ECI.
Por ejemplo, Gloria Stella Ortiz y Paola Meneses manifestaron que era impropio usar la figura, ya que a pesar de las dificultades, los adelantos en materia de implementación son razonables, y más teniendo en cuenta que esta tarea es progresiva y cobija tres periodos presidenciales.
El comisionado Restrepo se adhirió diciendo que el Gobierno “ha hecho todos los esfuerzos para que mediante la UNP se cuide la vida, honra y bienes de los firmantes”. Sin embargo, la decisión se tomó, y tras ella vienen una serie de labores que las entidades no pueden evadir.
Las órdenes a acatar
La primera es que la Unidad Nacional de Protección (UNP) deberá mantener las medidas suficientes para proteger la vida de firmantes de municipios como Cumbal y Tumaco, en Nariño, lugares de donde vienen algunas tutelas.
Además, esa entidad deberá contratar en seis meses los escoltas que sean necesarios para cuidar a todos los firmantes, con un presupuesto que deberá garantizar el Gobierno.
En esa misma línea se indicó dar prioridad a las personas de regiones muy afectadas por grupos armados ilegales, en especial a 25 municipios ubicados en departamentos como Antioquia y Cauca. Además, esa presencia deberá hacerse sin apología al odio y teniendo un enfoque de género y étnico que brinde todas las herramientas para alertar una posible amenaza.
Todo este trabajo será verificado por una Sala Especial de Seguimiento al interior de la Corte, la cual exigirá reportes con resultados concretos mínimo cada seis meses.
Sobre este fallo, el presidente Duque se pronunció diciendo que lo respeta, y resaltando que quienes han asesinado a los exFarc son los grupos ilegales. Según la abogada García, la postura del mandatario es importante, pues el cambio de esta difícil situación no está en manos de la Corte, sino “de la voluntad política del Ejecutivo”.