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A 3 semanas de entrar en vigor, la pensional tiene varias lagunas

Mientras que el Gobierno Nacional asegura que todo está listo para aplicar los cambios, el sector privado espera normas reglamentarias que son fundamentales.

  • La reforma pensional entraría en vigencia en unas tres semana, el próximo primero de julio. FOTO julio herrera
    La reforma pensional entraría en vigencia en unas tres semana, el próximo primero de julio. FOTO julio herrera
08 de junio de 2025
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A partir del primero de julio, con la entrada en vigor de la reforma pensional en Colombia, el sistema de pensiones implementará un nuevo modelo basado en cuatro pilares, que redefine la manera en que se realizarán los aportes para la pensión.

Con el calendario avanzando rápidamente hacia esa fecha, vale anotar que la reforma pensional está siendo revisada por la Corte Constitucional, pues ante el tribunal reposan unas 40 demandas en contra de la iniciativa.

Según la publicación Asuntos Legales del diario La República, el alto tribunal tiene hasta septiembre para tomar una decisión. Lo que significa que si esta entidad da un concepto negativo, la reforma sería hundida luego de dos meses de su entrada en vigor.

“La Corte evalúa si la reforma o los artículos cuestionados contravienen la Constitución Política. Si concluye que existe inconstitucionalidad, dicta sentencia de nulidad total o parcial de la norma”, se anotó.

Igualmente se precisó que la Corte debe ponderar entre decretar un efecto ex tunc (desde un principio), que anularía la reforma desde su fecha de entrada en vigor como si nunca hubiese existido, o un efecto ex nunc (a partir de ahora), que hace que la inconstitucionalidad surta efectos únicamente desde la fecha de la sentencia o a partir de una vacatio legis (periodo que transcurre entre la publicación de una ley y su entrada en vigor).

En el primer caso, la reforma se “borra” retroactivamente: todos los actos administrativos, convenios o beneficios realizados con base en la norma quedan invalidados y las administradoras de pensiones tendrían que restablecer el sistema anterior.

En el segundo escenario, si se opta por el efecto ex nunc, los efectos que la reforma produjo entre su entrada en vigencia y la fecha de la sentencia no se anulan automáticamente; sólo se prohíbe su aplicación a partir de ese momento, con frecuencia concediendo un plazo para que el Congreso expida una nueva regulación o se implemente un régimen transitorio que evite el colapso del sistema pensional.

¿Si se declara inconstitucional?

Así, las administradoras de los recursos pensionales, como Colpensiones o los fondos privados, deberán adaptar sus sistemas para operar nuevamente bajo el régimen anterior, revisando cálculos de semanas cotizadas, edad de jubilación y fórmula de liquidación de prestaciones.

A juicio de los analistas económicos de Scotiabank Colpatria, el impacto de todos estos temas genera expectativa sobre las reglas de juego a las que se debe adaptar el sector privado a futuro, pues los costos laborales son un tema importante para la estructura de funcionamiento de las empresas formales.

“En el frente pensional, el impacto de corto plazo se está considerando si habrá o no algún cambio en el funcionamiento de los actuales actores del sistema y en su interacción con el mercado de capitales, el Gobierno Nacional expidió gran parte de la regulación durante el mes de mayo, sin embargo, se prevén tiempos apretados para que la implementación pueda fluir en los plazos previstos”, añadieron los expertos.

¿Y las inversiones?

Por su parte, Paola García, directora de la Asociación Colombiana de Capital Privado (ColCapital), planteó las dudas de los empresarios de este sector frente a la pretendida reforma pensional.

La industria de capital privado congrega a fondos de capital privado y diferentes tipos de vehículos de inversión que están invirtiendo en diferentes sectores de la economía.

Su espectro abarca al sector inmobiliario donde hay fondos que están detrás de las inversiones de centros comerciales, hoteles, edificios de oficinas o viviendas. Además, en proyectos de infraestructura, empresas del sector real, y en los emprendimientos de base tecnológica, es decir hay fondos que están invirtiendo para que todas estas actividades salgan adelante.

¿Qué es lo que pasa? Que estos fondos de capital privado tienen que salir a buscar los recursos y los principales inversionistas de los fondos de capital privado y de este tipo de vehículos son los fondos de pensiones.

Infográfico
A 3 semanas de entrar en vigor, la pensional tiene varias lagunas

El 43% de los recursos de la industria provienen de los fondos de pensiones, con lo cual, obviamente, la reforma pensional los afectará por cuenta de lo que vaya a pasar con los recursos de los ahorros pensionales.

El gran interrogante está en cómo será el régimen de inversión del fondo de ahorros, que va a ser manejado por el Banco de la República. “Esto es sumamente importante porque ahí entra una bolsa importante de recursos. Actualmente los fondos de pensiones tienen la obligación de invertir el 3% de su portafolio en fondos de capital privado que están invirtiendo en Colombia”, mencionó García.

A pocos días de la entrada en vigor de la reforma pensional, los fondos de capital privado no saben si habrá un mínimo de inversiones en este negocio, que ha movilizado más de US$22.700 millones y genera más de 416.000 empleos en el país.

“Si no hay un reglamento de inversión que permita que este fondo del ahorro invierta en este tipo de industria, pues vamos a ver una desaceleración económica, y no habrá inversiones en múltiples sectores de la producción”, dijo a EL COLOMBIANO la directora de Colcapital.

La solución a estas dudas debe proporcionarla el Ministerio de Hacienda, pero a tres semanas de la fecha en la que debe aplicarse la reforma pensional ni siquiera hay un borrador de decreto que proporcione una idea de cómo se manejarán los recursos.

“Aún hay una incertidumbre sobre cómo va a quedar el manejo de los recursos en las Accai, y no hemos tenido ni siquiera un proyecto de decreto sobre el régimen de inversión del fondo del ahorro”, enfatizó.

Consultada sobre el pronunciamiento que debe hacer la Corte Constitucional sobre la reforma pensional, García enfatizó en que los fondos de capital privado están trabajando como lo han hecho hasta el momento. “Sabemos que hace poco hubo elección de un nuevo magistrado en la Corte. Creo que hay un tiempo prudencial de análisis de la situación para que se pronuncien, así que pensamos que en términos de tiempos el tema va a estar apretado. Los tiempos no están a favor”.

Colpensiones está listo

Jaime Dussán, presidente de Colpensiones, aseguró que esta entidad está lista para la implementación de la nueva ley pensional promovida por el actual Gobierno y que fue aprobada el año pasado por el Congreso de la República.

Citado por Caracol Radio, el funcionario enfatizó en que ya se realizó el primer ensayo con los fondos privados de pensiones y comentó que actualmente hay 17,5 millones de colombianos que están ya en la base de datos de Colpensiones, es decir personas que estaban en los fondos privados y que pasan a aportar a Colpensiones.

Igualmente, manifestó que del 1° al 30 de julio estará listo, además, todo el personal, el cual atenderá también a los 6,5 millones de pensionados. Esto significa que la entidad brindará sus servicios a 24,5 millones de colombianos. “Nuestro aspecto tecnológico está todo listo, los contact center, el data center y todo lo que tiene que ver con la información permanente a través de la página web, el sistema WhatsApp, que hemos utilizado para entregar la información. Todo está previsto”, dijo.

Asimismo, el presidente de Colpensiones explicó que los decretos que se necesitaban para la implementación de la nueva ley pensional ya fueron publicados por el Gobierno. Sin embargo, reconoció que hay uno que es especial y es el que tiene que ver con el papel del Banco de la República. “Está el decreto 0574 del 28 de mayo del 2025, por medio del cual se le entregan las funciones y responsabilidades al Banco de la República para recibir los recursos del fondo. El jueves el señor ministro de Hacienda entregó el convenio que debe firmar el gerente del banco. Nosotros tenemos listas las bases de datos, tenemos los estudios actuariales y yo creo que en los próximos días estará firmado”, indicó.

En ese contexto, explicó que el Banco de la República tiene que basarse en las proyecciones de los estudios que realice Colpensiones, para así destinar los dineros de los cotizantes que entrarán a la entidad a partir del mes de agosto de este año en la banca que tenga mayores ofertas. Mientras los fondos de capital privado aún tienen interrogantes, Dussán afirmó que las fiduciarias y las instituciones financieras en el país están listas para recibir y administrar estos recursos.

Admitió que desde Colpensiones están al tanto del fallo de la Corte Constitucional sobre el proceso de la reforma pensional y la ponencia que se discutirá. “Nosotros tenemos la convicción de que la ley fue tramitada conforme a la Constitución, conforme a la ley. Estamos seguros de que Colpensiones es la única entidad que pensionará en el futuro. Este es un gran desafío, una gran noticia para todos los sectores de Colombia”, dijo el funcionario al medio radial.

¿Y si la ley sigue en firme?

En el pasado consejo de ministros, el jefe de la cartera laboral, Antonio Sanguino, dando por sentado que los cambios en el régimen pensional serán un hecho, anticipó que la cobertura del Sistema de Protección a la Vejez con la Ley 2381 para el año 2052, correspondería al 87% y las personas protegidas serán más de trece millones.

Según proyectó, los beneficiarios para este año 2025 serán más de 2,68 millones de personas pobres, extremadamente pobres y vulnerables que harán parte del llamado Pilar Solidario y otras 130.983 personas estarán en el Pilar Semicontributivo.

Añadió que con la medida transitoria contenida en la ley, de prestación anticipada, hasta el año 2036 se espera beneficiar este año 62.820 personas y con el Pilar Contributivo se contará con 91.323 nuevas personas, que gracias al umbral propuesto accederán a una pensión.

Sanguino anotó que hacen parte de la preparación para la entrada en vigencia de la Ley 2381, los Comités de Transición Operativa, compuesto por las carteras del Trabajo, Hacienda, Salud y el Departamento de Prosperidad Social (DPS), así como Colpensiones, la Accai, y Superintendencia Financiera, que han realizado 21 mesas de trabajo.

Dentro de la normatividad expedida, se destacan: el Decreto Único Reglamentario (DUR) 514 de 2024 para el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común; y el Decreto 0574 de Ministerio de Hacienda, que recoge las normas aplicables a la Administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que administrará el Banco de la República.

A lo anterior se suma que hasta el pasado viernes estuvieron publicados para comentarios dos proyectos de decreto del Ministerio de Hacienda, referentes a las normas aplicables a la administración de los recursos del Componente Complementario del Pilar Contributivo y al esquema de desacumulación del Componente Complementario de Ahorro Individual.

Plazos que corren

Entre las medidas destacadas de la reforma pensional se encuentra la Oportunidad de Traslado, un mecanismo que les permite a las personas que están en los últimos 10 años antes de cumplir la edad de pensión (hombres a partir de los 52 años y mujeres de los 47 años), cambiar de régimen pensional de acuerdo a lo que mejor se adapte a su situación laboral y expectativas de retiro.

La opción está dirigida a aquellas personas que, al momento de la promulgación de la ley, se encuentren dentro de los últimos 10 años previos a cumplir la edad de pensión y estén dentro del régimen de transición. Esto cobija a mujeres con 47 o más años y haber cotizado al menos 750 semanas. También a hombres con 52 o más años y haber cotizado al menos 900 semanas.

Estas personas podrán trasladarse entre el Régimen de Prima Media (Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (fondos privados) y viceversa, permitiéndoles elegir la alternativa que mejor se adapte a sus expectativas de retiro.

Hasta hace poco se indicó que del millón de colombianos que tienen la posibilidad de hacer uso de este beneficio, solo cerca del 20% había realizado la solicitud para trasladarse de régimen. Para este proceso las diversas entidades cuentan con equipos de expertos que ofrecen asesoría personalizada, para facilitarle a las personas la toma de decisiones informadas respecto a su futuro.

La lectura de muchos es que esta transformación impactará no solo a los trabajadores independientes y contratistas, sino también a las dinámicas operativas de las empresas en relación con sus empleados.

Uno de los principales desafíos para las empresas será ajustar sus procesos de reporte y pago de aportes al sistema, asegurar la correcta afiliación de sus colaboradores al componente que les corresponda según la normativa, y verificar que dichos aportes queden debidamente registrados en su historial laboral.

Aunque el nuevo esquema busca fortalecer la protección de los futuros pensionados, el papel de los empleadores será determinante para garantizar una transición ordenada y sin contratiempos. Tarea que, en parte, todavía está por verse en tan solo tres semanas.

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