El 2 de diciembre el Congreso aprobó la reforma al Sistema General de Participaciones, que pretende descentralizar la facultad administrativa del Gobierno, para darle más autonomía a los departamentos, y a su vez les permitirá tener más recursos, no obstante, para que esta reforma entre en vigencia debe estar acompañada de una ley de competencias.
Luego de nueve meses, el Gobierno presentó el borrador, que debe aprobarse para que el proyecto surta efectos.
Según lo aprobado en el trámite del proyecto de participaciones, una vez aprobada dicha reforma hay 24 meses para que se avale la reforma a la ley de competencia, es decir, hay plazo hasta enero de 2027 para que esté aprobado y entre vigor, no obstante, el proceso supone varios problemas, tomando en cuenta que queda menos de un año de la actual legislatura, y en 2026 entra un nuevo Congreso.
El borrador contiene 201 artículos, y tiene como principios el cierre de brechas, la autonomía territorial, la transparencia en el uso de recursos, la calidad en la prestación de servicios esenciales tales como salud, educación, agua; la sostenibilidad fiscal, la participación ciudadana y el reconocimiento del agua como bien común.
El borrador inició su etapa de socialización, y en principio se está dialogando con las comunidades indígenas. Pero este va a dialogarse con otras comunidades y agremiaciones como Fedemunicipios, Fededepartamentos, Asocapitales, y algunos gremios, tomando en cuenta los cambios que pretende el proyecto.
“Con el fin de fungir como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho, la asignación de competencias y transferencias de recursos entre la Nación, las entidades territoriales y las entidades beneficiarias del Sistema General de Participaciones, el cierre de brechas sociales, económicas e institucionales, así como los ajustes a la administración pública, deberán estar acordes con la normativa e instrumentos de política fiscal y presupuestal nacional y evitar duplicidades de gasto entre niveles de gobierno”, detalla el borrador del articulado sobre la sostenibilidad y consistencia fiscal, punto que se criticó en el trámite de la reforma al Sistema General de Participaciones.
Aunque en el articulado no se detallan las partidas presupuestales, o qué tantos recursos les llegarían a las regiones, y dependerá en gran medida de la categorización.
Hay dos segmentos, por así decirlo, uno está destinado a los distritos y municipios, y contiene siete las categorías: distrito capital, ciudades grandes, grupo uno, grupo dos, grupo tres, grupo cuatro y grupo cinco.
El segundo grupo va dirigido a los departamentos y se categoriza en: grupo uno, grupo dos y grupo tres.
“Complementaria a la categorización por capacidades, los municipios, distritos y departamentos serán clasificados teniendo en cuenta atributos estructurales tales como prevalencia étnica, ambiental, vocaciones productivas específicas y ruralidad. Para ello, se utilizarán criterios demográficos, geográficos, económicos, fiscales, ambientales, étnicos y sociales, de acuerdo con las necesidades y características de los territorios, conformando así grupos diferenciales de entidades territoriales”, detalla el artículo 10 del borrador.
El sistema actual contempla la categorización por la densidad poblacional, es decir, cuántas personas habitan el pueblo o el departamento, ahora se tendrá en cuenta la capacidad institucional y ejecutiva en materia de recursos.
No obstante, la Nación estará facultada a “retomar” dichas competencias en caso que se verifique que determinado territorio no está cumpliendo con sus tareas, o no tenga la capacidad institucional para hacerlos.
Otro punto clave es lo contenido en el artículo 99, que define la repartición de los recursos por participaciones sectoriales. Lo correspondiente al Sistema General de Participaciones Primario deberá tomar 96% de los recursos y de ese monto repartirlo: 58,5% para educación (el de mayor asignación), 24,5% para salud, 11,6% para “propósito general” y 5,4% para agua y saneamiento básico.
También hay un apartado de asignaciones especiales, que precisamente salen del monto restante, 4%, y que pretenden destinar 2,9% para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet, 0,5% al Programa de Alimentación Escolar, 0,52% a los resguardos indígenas y 0,08% a “los municipios cuyos territorios limiten con el Río Grande de la Magdalena en proporción a la ribera de cada municipio, según la certificación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi”.
“En concordancia con el artículo 105 de la presente ley, se destinará un cinco por ciento (5%) del incremento para el Fondo de Ahorro y Estabilización del Sistema General de Participaciones, el cual contempla la financiación de la Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control integral al gasto ejecutado por las entidades beneficiarias del SGP, los sistemas de información y el fortalecimiento institucional del que trata el Sistema de Autonomía y Descentralización”, detalla el artículo 100 del borrador.