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Tránsito ya no podrá imponer multas automáticas por falta de SOAT y tecnomecánica si el vehículo no está en circulación

Según el Consejo de Estado, imponer sanciones solo porque un vehículo figure en el RUNT con documentos vencidos, sin demostrar que transitaba en vías públicas, constituye una vulneración del marco legal.

  • La sentencia también recordó que la revisión técnico-mecánica es fundamental para la seguridad vial,. Foto: Julio César Herrera
    La sentencia también recordó que la revisión técnico-mecánica es fundamental para la seguridad vial,. Foto: Julio César Herrera
hace 3 horas
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El Consejo de Estado profirió un fallo que modifica la manera en que las autoridades de tránsito podrán aplicar sanciones relacionadas con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y la revisión técnico-mecánica.

No más comparendos automáticos con base en el RUNT

Con esta decisión, quedaron anulados apartes de varias circulares del Ministerio de Transporte que permitían la imposición de comparendos automáticos basados únicamente en la información registrada en el RUNT, aun cuando los vehículos no estuvieran en circulación.

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A partir de ahora, para imponer una multa por falta de SOAT o revisión técnico-mecánica será indispensable contar con evidencias de que el vehículo estaba en movimiento. Entre estas pruebas se incluyen registros tecnológicos que certifiquen su circulación al momento de la infracción.

Uso de medios tecnológicos con restricciones

El fallo aclaró que la ley sí permite el uso de medios tecnológicos, como cámaras o consultas en bases de datos, para verificar infracciones de tránsito. Sin embargo, esta facultad solo procede cuando se comprueba que el vehículo estaba circulando sin portar el SOAT o sin contar con la revisión técnico-mecánica vigente.

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De esta manera, imponer sanciones únicamente porque un automotor figure en el RUNT con documentos vencidos, sin demostrar que transitaba en vías públicas, constituye una vulneración del marco legal, según lo establecido por la alta corte.

Con esta decisión, el tribunal reafirmó el principio de legalidad en materia sancionatoria, al señalar que el Ministerio de Transporte no tiene facultades para ordenar multas con base únicamente en registros administrativos.

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Finalmente, la sentencia también recordó que la revisión técnico-mecánica es fundamental para la seguridad vial, ya que evalúa componentes clave como frenos, dirección, llantas, suspensión, luces, cinturones de seguridad y niveles de emisiones contaminantes.

¿Puedo recibir multa si mi carro está guardado y tiene SOAT vencido?
No. Según la reciente decisión, no se puede sancionar sólo por estar vencido el SOAT si el vehículo no está en circulación
¿Qué sucede si circulo sin SOAT o RTM vigente?
Si el vehículo está transitando y le faltan esos documentos, la multa sí podrá aplicarse normalmente.
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