En medio de múltiples diferencias, de tensiones por la situación de seguridad del país, y de las presiones por el llamado del presidente Gustavo Petro a una consulta popular, se aprobó la reforma laboral en su debate definitivo en el Senado.
Ante el fallido acuerdo del lunes entre los senadores ponentes de la nueva versión de la reforma laboral y la bancada del Gobierno, se retomó en la mañana de este 17 de junio para resolver 12 artículos faltantes, de 77.
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Pese a esa falta de consenso, el Gobierno Nacional contó con los votos para dejar muchos de los artículos como inicialmente estaban en el texto de Cámara o algunos como venían de Comisión Cuarta del Senado.
Antes de convertirse en Ley, la reforma debe pasar a una conciliación entre los textos del Senado y el que se aprobó en la plenaria de la Cámara de Representantes, que fue el que se hundió en la Comisión Séptima del Senado, por lo que el Gobierno Nacional a pensar a llamar una consulta.
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Dicha conciliación será relevante, pues los dos textos tienen diferencias importantes. Y artículos que aparecen en un texto y en el otro no. ¿Cómo quedará el sistema laboral con lo aprobado?
Jornada nocturna a partir de la 7 de la noche
El Senado estableció que la jornada laboral nocturna ya no comenzará a las 9 de la noche, sino a las 7 de la noche y culminará a las 6 de la mañana.
Esta propuesta soportada en el artículo 11 fue aprobada con 56 votos por el sí y 40 por el no. Esto al aprobar una proposición que negó todas las demás proposiciones y se acogió al artículo aprobado en Comisión Cuarta.
Cabe destacar que se negó alguna exención para las microempresas. La norma aplicará para todos los sectores.
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Aprendices del Sena tendrán contrato de trabajo
Con varias proposiciones se aprobó el artículo 23 de la reforma laboral, que habla del contrato de aprendizaje para estudiantes del Sena. Con una proposición del senador Ariel Ávila, de la Alianza Verde, se estableció que esos estudiantes contarán en su práctica con un contrato laboral a término fijo, con todas las prestaciones de ley.
El aprendiz recibirá el 75% de un salario mínimo legal vigente en su fase electiva ($1.067.625) y en su práctica el 100% de ese sueldo ($1.423.500).
También se aprobó el artículo 74, que representa un avance histórico para las madres comunitarias y madres sustitutas del país.
Sin jornada laboral de 4 días y sin trabajo por horas
El Senado también dejó sin efectos el artículo 12 que introducía la opción de jornada 4x3: cuatro días de trabajo por tres de descanso. Se estableció que la jornada máxima laboral será de cinco a seis días y con una duración máxima de horas ordinarias.
El artículo 77 establece que entrará en vigencia en los 30 días siguientes de la promulgación de la nueva ley laboral.
Cabe destacar que el Congreso de la República sigue a contrarreloj, ya que solo tienen hasta el viernes para que se concilie con la Cámara de Representantes el texto definitivo.