Los afiliados siguen esperando cómo terminará el tema de la reforma pensional. El propio presidente Gustavo Petro aseguró que habría “maniobras” para retrasar su avance, pero la Corte Constitucional niega ese plan, y por el contrario, opositores le recordaron que el Gobierno se demoró en firma de un contrato clave para la entrada en vigencia.
Este fin de semana, en un evento en Pasto, Petro se refirió a la reforma pensional y argumentó que hay “maniobras” para entorpecer su avance: “Quieren que se quemen unos días para que el magistrado último que se eligió se posesione intentando inhabilitarlo”, sostuvo
“No hay un plan para hundir la reforma”
No obstante, el presidente de la Corte Constitucional, Jorge Ibáñez, publicó un comunicado desmintiendo las declaraciones del mandatario.
Respondió a las declaraciones del presidente Gustavo Petro relacionadas con esta ley que fue devuelta por este tribunal a la Cámara de Representantes para subsanar errores.
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En su pronunciamiento, el magistrado rechazó cualquier vinculación con una supuesta “estrategia para frenar la reforma pensional” y aclaró que el Auto 841 del 17 de junio de 2025, que ordena subsanar ciertos aspectos del proceso, aún no ha sido finalizado, ya que se encuentra en etapa de recolección de firmas. Dicho auto será considerado en la próxima Sala Plena, programada para el 23 de julio.
Asimismo, señaló que el procedimiento permanece suspendido debido a que el Gobierno citó a sesiones extraordinarias, durante las cuales la Cámara de Representantes llevó a cabo un trámite del que aún no ha entregado informe a la Corte. En consecuencia, no se podrá avanzar hasta tanto no se firme el auto mencionado y se evalúe el reporte correspondiente.
¿El Gobierno quiere dilatar?
Parte de la opisición señaló al Gobierno de que la dilatación provenía de su parte. Eso porque hay tres magistrados de la Corte que faltan por firmar el auto que ordena a la Cámara de Representantes subsanar los vicios de trámite del proyecto.
Se trata de Vladímir Fernández, Natalia Ángel Cabo y Miguel Efraín Polo. El argumento de su negativa obedece a que el texto no incluye todos los aspectos abordados por la Sala Plena.
Gobierno se retrasó en tener listo un contrato clave
Asimismo, opositores le recordaron que hubo retrasos del Gobierno Nacional para tener lista toda la reglamentación de la reforma.
El propio Leonardo Villar, gerente del Banco de la República, venía advirtiendo, desde febrero de este año, un rezago con el marco normativo para la conformación del fondo pensional que administrará dicha entidad a raíz de la entrada en vigencia del nuevo sistema.
Incluso, a principios de junio y a tan solo un mes de la entrada en vigencia del sistema, el Banco sostuvo que faltaba la firma de un convenio entre el Gobierno Nacional y el Banco.
Así es, a pesar de que ya estaba expedido el Decreto 0574 desde el pasado jueves 29 de mayo, que reglamenta aspectos clave para el funcionamiento del Fondo de Ahorro Pensional, la entidad aún aguardaba un contrato interadministrativo fundamental para avanzar con la gestión de los ahorros de los colombianos.
En ese entonces, el pasado 4 de junio, Villar indicó desde el congreso de Asobancaria: “El reto que tenemos es enorme por cuanto todavía debemos avanzar en la firma de un contrato interadministrativo entre el Gobierno y el Banco de la República para que el banco pueda iniciar el proceso de selección y contratación de los administradores delegados de los portafolios de recursos que de acuerdo con la Ley estaremos recibiendo a partir de julio, en menos de un mes.”.
Banco de la república pide tres meses más
La advertencia parece haberse materializado, pues el pasado viernes, 11 de julio, se conoció que el Emisor le solicitó a la Corte Constitucional, en caso que declare constitucional la norma, que aplace por tres meses la implementación de la nueva ley pensional.
La petición busca garantizar que todos los actores institucionales, incluidos el Banco de la República, Colpensiones, el Ministerio de Hacienda y otras entidades clave del sistema, cuenten con el tiempo necesario para adaptar sus sistemas tecnológicos, operativos y normativos a los cambios que trae la nueva legislación.
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De hecho, El Banco argumentó que la entrada en vigor inmediata del Sistema de Protección Social Integral podría generar “afectaciones a la estabilidad del mercado de valores, el sistema financiero y el funcionamiento adecuado de los procesos operativos” vinculados al recaudo de cotizaciones y pagos de pensiones.
Así las cosas, se sugirió que, si la Corte avala la constitucionalidad de la ley, se ordene en la misma sentencia la suspensión temporal de la vigencia del régimen durante un período de transición no menor a tres meses.